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Caso Morales: solicitan que indaguen a los policías por dos delitos

Derechos Humanos pidió que los imputen por privación ilegítima de la libertad y apremios ilegales. Para el organismo nacional, “Morales fue ilegalmente detenida, incomunicada, golpeada en la sede policial (no presentaba golpes antes de su ingreso) y luego apareció muerta en un calabozo con un cordón que —según consta— no tenía en su poder”.
jueves 29 de abril de 2021
Caso Morales: solicitan que indaguen a los policías por dos delitos

La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que interviene como particular damnificado en la investigación de las circunstancias de la muerte de Florencia Magalí Morales en la Comisaría 25ª de Santa Rosa del Conlara, contestó el lunes al traslado que le había corrido días atrás el juez Jorge Pinto para que opine al respecto del pedido que hizo el fiscal Roberto Silvestre para llamar a declarar, en calidad de imputados, a cinco policías que trabajaban en la mencionada seccional el 5 de abril de 2020, cuando se produjo el hecho. El organismo respondió que, a su criterio, tendrían que ser llamados a declaración indagatoria todos los efectivos que ese día intervinieron en la guarda y custodia de la mujer, según lo informado por Celeste Morales, hermana de Florencia Magalí, y uno de los dos abogados que representan a su familia, Santiago Calderón Salomón.

Para el organismo nacional, “Morales fue ilegalmente detenida, incomunicada, golpeada en la sede policial (no presentaba golpes antes de su ingreso) y luego apareció muerta en un calabozo con un cordón que —según consta— no tenía en su poder”.

A criterio de la secretaría, esos hechos “no pueden ser livianamente subsumidos al artículo 249 del Código Penal, porque eso sería obviar los graves delitos que hemos enunciado, propiciando directamente un escenario de impunidad”. Esto es en referencia al encuadramiento que hizo días atrás el fiscal Silvestre, quien pidió que cinco efectivos —María Eugenia Arguello, Johana Paola Torres, Marcos Ontiveros, Gabriel Tarano y Heraldo Clavero, entonces jefe de la dependencia— sean indagados por el citado artículo, según el cual se prevé multa e inhabilitación especial de un mes a un año para “el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio”.

Derechos Humanos entiende que los delitos que se han configurado son la privación ilegítima mediando abuso de autoridad y los apremios ilegales. “Ello sin perjuicio de que se continúe investigando la causa de la muerte de Morales y la posible responsabilidad de los agentes en dicho resultado, que hasta aquí no pudo descartarse, sino todo lo contrario”, refiere el documento elevado al magistrado.

Los abogados de Derechos Humanos consideran que la privación ilegal de la libertad de la mujer ha quedado probada ya que fue detenida y encerrada en un calabozo “por exclusiva decisión policial, sin orden judicial, por un supuesto delito —NdP: la infracción al artículo 205— que solo requería la realización de un acta y su inmediata liberación”. E indicaron que toda esa situación se vio agravada por la incomunicación decretada policialmente.

En cuanto a los apremios, refirieron que según el informe de una médica que examinó a la mujer en el hospital de la localidad antes de que fuera trasladada a la comisaría, no tenía lesiones corporales, en tanto que en la ampliación de la autopsia, el médico forense enumeró una serie de indicios, como equimosis (hematomas) en distintas partes del cuerpo.

El Diario de la República

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